Proceso de inducción: las 5 etapas, qué documento deja cada una y plantilla

06 de agosto del 2026
-
12 minutos

El proceso de inducción es la secuencia con la que una empresa incorpora a una persona nueva: le entrega lo que por ley debe entregarle, le informa los riesgos de su puesto, la capacita y deja constancia de todo ello. Son cinco etapas y, bien hecho, deja diecinueve documentos.

Esto último es lo que casi nadie cuenta, y es lo que pregunta una inspección.

Descarga el expediente de inducción

  • Expediente de inducción en Excel. Cuatro hojas: las 19 piezas de evidencia con su fundamento, el control de varias altas a la vez con los dos plazos legales calculados, y la tabla de artículos citados.

Sin formulario y sin registro. Es el mismo contenido que verás desglosado en este artículo.

Ninguna ley mexicana obliga a hacer una inducción

Documentos que produce el proceso de inducción saliendo de una carpeta

Conviene empezar por ahí, porque cambia cómo se diseña el proceso. Las palabras «inducción» y «nuevo ingreso» no aparecen en el Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo, ni en el capítulo III Bis de la Ley Federal del Trabajo, ni en el capítulo 5 de la NOM-035-STPS-2018.

Lo que sí es obligatorio son siete cosas distintas que, en la práctica, solo se pueden cumplir cuando alguien entra:

  1. Hacer constar las condiciones de trabajo por escrito, en dos ejemplares. Artículos 24 y 25 de la Ley Federal del Trabajo.
  2. Poner a disposición el aviso de privacidad en el momento en que se recaban los datos. Artículo 16, fracción I, de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
  3. Dar el alta ante el Instituto Mexicano del Seguro Social dentro de plazos no mayores de cinco días hábiles. Artículo 15, fracción I, de la Ley del Seguro Social.
  4. Repartir el reglamento interior de trabajo y fijarlo en los lugares más visibles. Artículo 425.
  5. Implementar el protocolo contra la discriminación, la violencia y el acoso. Artículo 132, fracción XXXI.
  6. Informar los riesgos del puesto y capacitar en prevención. Artículo 7, fracciones XI y XII, del Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo.
  7. Capacitar. Artículo 132, fracción XV, y artículo 153-B, que habla literalmente de preparar «a los trabajadores de nueva contratación».

Dicho de otro modo: la inducción es el envase; las obligaciones son el contenido. Nadie te va a multar por no tener un proceso de inducción bonito. Te van a pedir los siete documentos.

Las cinco etapas, y qué deja cada una

Prepara el ingreso antes de que llegue

Lo que tiene que estar listo el día anterior:

  • El escrito de condiciones de trabajo, en dos ejemplares, con la designación de beneficiarios
  • El aviso de privacidad del personal, para entregarlo al recabar los datos
  • El equipo, los accesos y el puesto físico o la cuenta
  • La agenda de la semana, con nombre y hora de cada responsable

Por qué importa: el aviso de privacidad se entrega en el momento en que se recaban los datos, no después. Si lo dejas para la segunda semana, ya llegaste tarde.

Entrega el marco normativo el primer día

Lo que se entrega y se acusa:

  • El reglamento interior de trabajo
  • El protocolo contra la discriminación, la violencia y el acoso
  • La política de riesgos psicosociales y los mecanismos para presentar una queja
  • El inventario del equipo e insumos entregados

Por qué importa: aquí es donde se cruzan tres obligaciones distintas, de tres normas distintas, en una sola sesión. Separarlas en el acuse es lo que permite demostrar cada una por su lado.

Informa los riesgos del puesto antes de que opere

Lo que corresponde a esta etapa:

  • Los riesgos concretos de la actividad que va a desarrollar, no los de la empresa en general
  • Qué hacer ante una emergencia y a quién avisar
  • La entrega del equipo de protección personal que corresponda
  • El reconocimiento médico, solo si el reglamento interior lo prevé

Por qué importa: es la etapa que más se comprime cuando hay prisa por que la persona empiece, y la que peor se defiende después si pasa algo.

Imparte la capacitación del puesto como curso, no como plática

Lo que convierte una plática en un curso:

  • Un nombre, una duración en horas y un periodo de ejecución
  • Un área temática del catálogo y una persona instructora identificada
  • Una carta descriptiva que lo sostenga
  • Una evaluación que se aprueba o no se aprueba

Por qué importa: sin esos cuatro elementos no hay constancia DC-3 que expedir, porque la constancia se entrega a quien aprueba una evaluación. Lo vemos a detalle más abajo.

Cierra con un acta y pon fecha de reinducción

Lo que cierra el expediente:

  • Un acta firmada con lo entregado y lo que quedó pendiente
  • La evaluación del periodo de prueba, cuando se pactó
  • La fecha en que toca actualizar la capacitación
  • El expediente completo, archivado donde se pueda encontrar

Por qué importa: una inducción sin acta de cierre no tiene fecha de término, y sin fecha de término no se puede saber si lo que falta está retrasado.

Qué documento deja cada etapa

Archivero con las carpetas donde se guarda cada documento de la inducción

Esta es la parte que separa un proceso que se puede defender de uno que solo se puede contar. Cada pieza lleva su fundamento, quién la firma, dónde se archiva y cuánto se conserva. Y lleva una distinción que importa:

  • Obligación con texto expreso: una norma lo pide con esas palabras.
  • Evidencia de respaldo: la norma pide algo, y este documento es la forma de probar que se hizo. El artículo 425 pide repartir el reglamento; no pide un acuse firmado. El acuse es lo que vuelve demostrable el reparto.

Etapa 1. Antes del primer día

  • Escrito de condiciones de trabajo, en dos ejemplares
    Obligación · LFT artículos 24 y 25
    Firma: Persona trabajadora y persona empleadora · Se archiva en: Expediente de personal
    Se conserva: mientras dure la relación y los plazos de prescripción posteriores
  • Designación de beneficiarios dentro del escrito
    Obligación · LFT artículo 25, fracción X, que remite al 501
    Firma: Persona trabajadora · Se archiva en: Expediente de personal
    Se conserva: igual que el escrito
  • Aviso de privacidad del personal, puesto a disposición al recabar los datos
    Obligación · LFPDPPP artículo 16, fracción I
    Firma: Acuse de la persona trabajadora · Se archiva en: Expediente de personal
    Se conserva: sin plazo fijado por la ley
  • Alta ante el Instituto Mexicano del Seguro Social
    Obligación · Ley del Seguro Social artículo 15, fracción I
    Firma: La empresa ante el Instituto · Se archiva en: Acuse de IDSE o SUA
    Se conserva: sin plazo fijado por la ley

Etapa 2. Primer día

  • Acuse de recibo del reglamento interior de trabajo
    Evidencia de respaldo · LFT artículo 425
    Firma: Persona trabajadora · Se archiva en: Expediente de personal
    Se conserva: sin plazo fijado por la ley
  • Acuse del protocolo contra la discriminación, la violencia y el acoso
    Evidencia de respaldo · LFT artículo 132, fracción XXXI
    Firma: Persona trabajadora · Se archiva en: Expediente de personal
    Se conserva: sin plazo fijado por la ley
  • Constancia de difusión de la política de riesgos psicosociales y de los mecanismos de queja
    Evidencia de respaldo · NOM-035-STPS-2018, numerales 5.1 y 5.7
    Firma: Persona trabajadora · Se archiva en: Carpeta de la NOM-035
    Se conserva: al menos un año, numeral 10.4
  • Acuse de entrega de equipo e insumos de trabajo
    Obligación · LFT artículo 330-B, fracción IV, en teletrabajo
    Firma: Persona trabajadora · Se archiva en: Expediente de personal
    Se conserva: mientras dure la asignación

Etapa 3. Seguridad y salud del puesto

  • Constancia de información de los riesgos del puesto
    Evidencia de respaldo · RFSST artículo 7, fracción XI
    Firma: Persona trabajadora y quien informa · Se archiva en: Carpeta de seguridad y salud
    Se conserva: sin plazo fijado por la ley
  • Lista de asistencia a la capacitación de prevención de riesgos y atención a emergencias
    Evidencia de respaldo · RFSST artículo 7, fracción XII
    Firma: Persona trabajadora e instructor · Se archiva en: Carpeta de seguridad y salud
    Se conserva: sin plazo fijado por la ley
  • Acuse de entrega del equipo de protección personal
    Evidencia de respaldo · Práctica que acredita la entrega
    Firma: Persona trabajadora · Se archiva en: Carpeta de seguridad y salud
    Se conserva: mientras dure la asignación
  • Reconocimiento médico, solo si el reglamento interior lo prevé
    Obligación · LFT artículo 134, fracción X
    Firma: Personal médico · Se archiva en: Expediente médico, con acceso restringido
    Se conserva: conforme a la normativa de datos personales

Etapa 4. Capacitación del puesto

  • Curso de inducción incluido en el plan y programa de capacitación (DC-2)
    Obligación · Acuerdo DOF 14-06-2013, artículo 9
    Firma: Comisión mixta de capacitación · Se archiva en: Carpeta de capacitación
    Se conserva: vigencia del plan, máximo dos años
  • Carta descriptiva del curso de inducción
    Evidencia de respaldo · Práctica que sostiene el DC-2
    Firma: Quien diseña el curso · Se archiva en: Carpeta de capacitación
    Se conserva: vigencia del plan
  • Lista de asistencia y evaluación aprobada del curso
    Evidencia de respaldo · Acuerdo DOF 14-06-2013, artículo 24, fracción III
    Firma: Persona trabajadora e instructor · Se archiva en: Carpeta de capacitación
    Se conserva: vigencia del plan
  • Constancia DC-3, dentro de los veinte días hábiles siguientes al término del curso
    Obligación · Acuerdo DOF 14-06-2013, artículo 24, fracciones II, III y IV
    Firma: Comisión mixta, o la empresa si tiene hasta 50 personas · Se archiva en: Expediente y carpeta de capacitación
    Se conserva: para la lista DC-4 anual

Etapa 5. Cierre y seguimiento

  • Acta de cierre de la inducción, con lo entregado y lo pendiente
    Evidencia de respaldo · Práctica; no hay texto que la exija
    Firma: Persona trabajadora y jefatura · Se archiva en: Expediente de personal
    Se conserva: sin plazo fijado por la ley
  • Evaluación del periodo de prueba, cuando se pactó
    Obligación · LFT artículo 39-A
    Firma: La empresa, tomando en cuenta la opinión de la Comisión Mixta · Se archiva en: Expediente de personal
    Se conserva: mientras dure la relación
  • Fecha programada de reinducción o de actualización de la capacitación
    Evidencia de respaldo · Práctica, derivada de la vigencia del DC-2
    Firma: Quien coordina capacitación · Se archiva en: Carpeta de capacitación
    Se conserva: vigencia del plan

Son diecinueve. En la hoja Expediente del archivo de arriba están las mismas, con casilla de revisado y fecha, y un indicador que te dice cuántas faltan.

Los dos plazos que corren solos

Calendario con dos fechas límite marcadas y un reloj

El resto del proceso lo marca la empresa. Estos dos no:

El alta ante el IMSS. El artículo 15, fracción I, de la Ley del Seguro Social obliga a comunicar las altas «dentro de plazos no mayores de cinco días hábiles». Una precisión honesta: el artículo fija el plazo pero no dice expresamente desde qué día se cuenta. La lectura habitual es desde el inicio de la relación de trabajo, y así está calculado en la plantilla, pero conviene confirmarlo con tu asesoría antes de apoyarte en la fecha.

La constancia DC-3. Se entrega «dentro de los veinte días hábiles siguientes al término» del curso, y solo a quien lo aprobó mediante la evaluación correspondiente. Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de junio de 2013, artículo 24, fracción III.

La hoja Altas del archivo calcula las dos fechas a partir del día de ingreso y del día en que terminó el curso, y marca en rojo lo que ya se venció. Cuenta días hábiles de lunes a viernes y no descuenta días festivos oficiales: si un límite cae en uno, ajústalo a mano.

¿La inducción genera DC-3?

Depende, y la respuesta precisa vale más que un sí o un no.

El Acuerdo que regula el formato no menciona la inducción en ningún punto. Lo que dice su artículo 24, fracción III, es que la constancia se entrega a quien apruebe el curso de capacitación, mediante la evaluación correspondiente. De ahí salen las dos respuestas:

  • Una plática de bienvenida no genera DC-3. No hay curso, no hay evaluación, no hay supuesto para expedirla.
  • Un curso de inducción sí la genera, si está incluido en el plan y programa de capacitación, tiene nombre, duración en horas, área temática y persona instructora, y termina en una evaluación que se aprueba.

Hay un detalle que se repite mucho y conviene corregir: un DC-3 suelto no acredita el cumplimiento. El mismo Acuerdo exige también el DC-2, el plan y programa que contiene ese curso, y el DC-4, la lista anual de constancias expedidas. Si el curso de inducción no está en el DC-2, la constancia no tiene de dónde colgarse.

Cómo se llena el formato, campo por campo, está en DC-3: qué es y cómo llenar el formato de la STPS. Y la carta descriptiva que sostiene el curso, en carta descriptiva.

Seis cosas que se repiten y no son ciertas

Las encontramos al contrastar lo que circula contra el texto de las normas.

1. «La inducción es obligatoria por ley». No existe la obligación de hacer una inducción. Existen las siete obligaciones de arriba, que se cumplen al ingreso. La diferencia es práctica: puedes rediseñar el proceso como quieras siempre que las siete sigan cumpliéndose.

2. «El RFSST obliga a informar los riesgos antes de que la persona empiece». El artículo 7, fracción XI, obliga a informar los riesgos, pero no fija momento ni plazo. Las expresiones «nuevo ingreso», «antes de iniciar» y «previo al inicio de labores» no están en el reglamento. El único texto mexicano que fija el momento es la Guía de Referencia II de la NOM-030-STPS-2009, que dice «inmediatamente después de su incorporación» y que declara de sí misma no ser de cumplimiento obligatorio. Hacerlo el primer día es buena práctica muy respaldada, no un mandato con fecha.

3. «Hay que entregar el reglamento interior contra firma al nuevo ingreso». El artículo 425 dice «repartirse» y «fijarse». No dice entregar contra acuse, y no fija plazo ligado al ingreso. El contraste es ilustrativo: cuando el legislador quiso exigir entrega con acuse, lo escribió. La fracción XXX del artículo 132 sí ordena entregar un ejemplar impreso del contrato colectivo y reconoce que la firma de recibido acredita el cumplimiento.

4. «La NOM-035 exige algo dentro del reglamento interior». No. La norma pide su propia política por escrito y su difusión, en los numerales 5.1 y 5.7, con sus propios registros. Es un expediente aparte. Lo desarrollamos en NOM-035 de la STPS.

5. «El examen médico de ingreso es obligación del patrón por la Ley Federal del Trabajo». El artículo 504, que lista las obligaciones especiales en materia de riesgos de trabajo, no menciona exámenes de admisión ni periódicos. La única referencia en la ley es el artículo 134, fracción X, que es obligación de la persona trabajadora y además condicionada: someterse a los reconocimientos «previstos en el reglamento interior». Es decir, el examen se vuelve exigible porque la empresa lo puso en su reglamento.

6. «El aviso de privacidad se rige por los artículos 15, 16 y 17 de la LFPDPPP». Esa es la numeración de la ley de 2010. Hay una ley nueva, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de marzo de 2025. En la vigente, la obligación de informar es el artículo 14, el contenido del aviso es el 15 y el momento de ponerlo a disposición es el 16. Cualquier plantilla que cite el 17 para la puesta a disposición está desactualizada.

Qué pide una inspección, y en qué orden

Lista de verificación con un sello, revisada en una inspección

Nadie escribe la inducción desde este lado, y es el que acaba importando. El orden habitual va de lo general a lo particular:

  1. El documento marco. El reglamento interior depositado, el plan y programa de capacitación, la política de riesgos psicosociales. Existen o no existen.
  2. La evidencia de que se repartieron. Aquí es donde se cae la mayoría: el documento existe, pero no hay nada que pruebe que llegó a las personas.
  3. El caso concreto. Se elige a una persona, normalmente de las últimas que entraron, y se pide su expediente completo.
  4. La coherencia entre papeles. Que la fecha de ingreso del contrato coincida con la del alta, que el curso del DC-3 esté en el DC-2, que el puesto del contrato sea el del análisis de riesgos.

Por eso el expediente se arma por persona y no por tipo de documento. Un archivero ordenado por «todos los contratos» juntos y «todas las constancias» juntas funciona para la empresa y falla en el paso tres.

Y la consecuencia de no tener nada es sencilla de enunciar: en un conflicto laboral o en una inspección, una inducción sin registro no ocurrió.

Parte de esta evidencia se puede dejar de perseguir. Una plataforma de capacitación registra sola la asistencia, el avance y la evaluación de cada curso, y guarda la constancia con su folio verificable. En Sabionet los certificados están disponibles desde el plan Pro, no en el Basic. Lo que no automatiza ninguna plataforma son los acuses de la etapa 2: esos se firman.

Inducción a distancia

Si la persona entra en modalidad de teletrabajo, cambia una cosa concreta. El artículo 330-B, fracción IV, convierte el equipo y los insumos entregados en un elemento del contrato, no en un vale interno. El inventario de lo que se entrega va por escrito en el contrato mismo, junto con los mecanismos de contacto y supervisión de la fracción VI.

El resto de las piezas es igual, con una diferencia práctica: el acuse de recibo deja de ser una firma en papel y pasa a ser un registro que debe poder recuperarse después. Conviene decidir desde el primer día dónde queda guardado.

Cuándo vence la evidencia

Los procesos de inducción terminan y nadie vuelve a mirarlos. Tres fechas que sí vuelven:

  • El plan y programa de capacitación (DC-2) tiene una vigencia que no puede exceder de dos años. Cuando vence, los cursos que contiene dejan de tener respaldo.
  • Las evidencias y registros de la NOM-035 se conservan al menos un año, según el numeral 10.4.
  • El puesto cambia. Si la persona se mueve de área o la operación cambia, la información de riesgos del puesto que se le dio ya no corresponde a lo que hace.

La hoja Expediente tiene una fila para la fecha de reinducción justamente por esto. Si quieres montar el ciclo completo de formación alrededor, está en programa de capacitación y en capacitación y adiestramiento.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el proceso de inducción?
Es la secuencia con la que una empresa incorpora a una persona nueva: entrega de documentos y alta, entrega del marco normativo interno, información de los riesgos del puesto, capacitación y cierre. No está definido en ninguna ley mexicana; es el nombre práctico que recibe el momento en que se cumplen varias obligaciones a la vez.

¿Cuánto tiempo dura una inducción laboral?
La ley no fija duración. Lo que sí tiene fecha son los plazos de alrededor: cinco días hábiles para el alta ante el IMSS y veinte días hábiles para entregar la constancia DC-3 después del curso. En la práctica, la parte documental se concentra en los primeros días y la capacitación del puesto se extiende según la complejidad.

¿Cuáles son las etapas del proceso de inducción?
En esta guía son cinco: preparación antes del ingreso, entrega del marco normativo, información de riesgos del puesto, capacitación del puesto, y cierre con acta y fecha de reinducción. Otros modelos usan tres o seis. El número no es lo que importa; lo que importa es que cada etapa deje un documento.

¿Cuál es la diferencia entre inducción general y específica?
La general es la que recibe cualquier persona que entra, sin importar el puesto: la empresa, el reglamento, las políticas. La específica es la del puesto concreto: sus riesgos, sus herramientas, sus procedimientos. En términos de evidencia, la general produce acuses de entrega y la específica produce constancias de información de riesgos y listas de asistencia.

¿La inducción y el onboarding son lo mismo?
Se usan como sinónimos y no lo son del todo. La inducción es el tramo formal y documental del ingreso. El onboarding suele abarcar además la integración social y el acompañamiento de los primeros meses, que no deja evidencia exigible pero sí determina si la persona se queda.

¿Quién debe dar la inducción?
No hay una respuesta legal. Sí la hay para las firmas: la constancia DC-3 la autentifica la comisión mixta de capacitación en empresas con más de 50 personas trabajadoras, y el patrón o su representante legal en las de hasta 50.

Descarga el expediente de inducción

  • Expediente de inducción en Excel. Cuatro hojas: las 19 piezas de evidencia con su fundamento, el control de varias altas a la vez con los dos plazos legales calculados, y la tabla de artículos citados.

Duplica la hoja Expediente por cada persona que entre; la hoja Altas lleva el control de todas a la vez.

Nota metodológica y fuentes

  • Los artículos 24, 25, 39-A, 132, 134, 153-A, 153-B, 153-V, 330-B, 425 y 504 se consultaron en el texto vigente de la Ley Federal del Trabajo. El PDF oficial de la Cámara de Diputados se trunca en la práctica alrededor del artículo 121, por lo que los posteriores se verificaron en repositorios que publican el texto completo.
  • El Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo y la NOM-030-STPS-2009 se leyeron en los PDF publicados por el gobierno federal. La NOM-035-STPS-2018 se leyó en una copia de un tercero, porque no se localizó una copia accesible en dominio oficial: conviene cotejarla antes de apoyarse en un numeral concreto.
  • Las reglas del DC-2, el DC-3 y el DC-4 provienen del Acuerdo por el que se dan a conocer los criterios administrativos en materia de capacitación, adiestramiento y productividad, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de junio de 2013.
  • La Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares citada es la nueva, publicada el 20 de marzo de 2025, no la de 2010.
  • Sobre el alta ante el IMSS: el artículo 15, fracción I, fija el plazo de cinco días hábiles y no enuncia en su texto desde qué día se computa. No afirmamos aquí el punto de partida; lo señalamos como el dato a confirmar.
  • Esta página es informativa y no sustituye la asesoría de una persona profesional del derecho laboral.

Crea cursos que venden.
Capacita equipos que crecen.

Plataforma Sabionet